Greenpeace México, la Academia Mexicana de Derecho Ambiental, la Nueva Asociación de Abogados Morelenses para México, el Colegio de Abogados (NAAME), la Alianza México sin Plásticos (AMSP), Fronteras Comunes, la Asociación Ecológica Santo Tomás, la Revista No es Basura, Acción Ecológica y El Poder del Consumidor, alertan sobre dos proyectos que se discutirán el día de mañana miércoles 17 de agosto en la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y donde dos empresas (Oxxo y Propimex) buscan que se declare al Estado de Oaxaca como una autoridad NO competente para llevar a cabo prohibiciones de productos plásticos de un solo uso, específicamente envases de PET y Unicel, argumentando que éstas son inconstitucionales y que están fuera de las facultades de las entidades federativas. 

Los proyectos preparados por los ministros ponentes, Javier Laynez Potisek y Yasmín Esquivel Mossa, a discutirse y votarse mañana, resuelven que la Segunda Sala de la SCJN conceda el amparo y protección de la justicia federal a las empresas quejosas, lo cual significaría un grave retroceso ya que, de aprobarse los dictámenes en esos términos, la SCJN estaría abriendo la puerta para que se ponga el interés de la iniciativa privada por encima del interés público. Es decir, que se le dé prioridad a los deseos y negocios de las empresas, antes que al derecho a un medio ambiente sano y a la salud de los mexicanos y mexicanas, en contraposición a nuestras leyes y a los avances logrados en materia de plásticos de un sólo uso en legislaciones locales (haciendo uso de su facultad en materia de residuos sólidos). Además se estaría contradiciendo la más reciente decisión tomada en la Asamblea de las Naciones Unidas, reconociendo el derecho humano al medio ambiente. 

Asimismo, los proyectos preparados por estos ministros se quedan en un análisis  competencial somero y no hacen el estudio de ponderación y proporcionalidad en cuanto a la protección máxima del Sistema Interamericano, al estar implicados derechos humanos. Jurídicamente la Suprema Corte estaría facilitando que las empresas contaminadoras interpongan nuevos amparos contra todas las medidas protectoras que las entidades federativas emprendan contra la contaminación plástica y que éstas sean concedidas ipso facto, siguiendo el criterio de la Corte. Por otro lado, se desincentivaría a las entidades federativas a emprender medidas legislativas más protectoras de la salud humana y del ambiente, violando el Principio de Progresividad de los Derechos Humanos y, de manera indirecta, promoverá la producción de más desechos plásticos en un contexto global de crisis ambiental.

En México, son ya al menos 29 los estados que han legislado para prohibir la venta de bolsas plásticas, envases de unicel,y otros productos plásticos desechables. La SCJN DEBE PONDERAR en cuanto a la protección máxima del SISTEMA DE INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS y NEGAR EL AMPARO dado que, de no hacerlo, estaríamos frente a un gravísimo retroceso en el derecho ambiental mexicano; puesto que en el futuro estas empresas que han sido señaladas internacionalmente como las más contaminadoras, quedarían blindadas ante actos de aplicación futuros de un ley ambiental, lo que significa un mensaje regresivo y en contra de lo que las personas preocupadas por el medio ambiente y la salud, hemos logrado en las últimas décadas.  

Este tipo de medidas restrictivas, prohibiciones de productos plásticos, contribuyen a prevenir y reducir el exceso de residuos que se generan por estos productos de plástico desechable, beneficiando la protección de los derechos humanos a un medio ambiente sano y a la salud de las y los oaxaqueños en particular y de las y los mexicanos en lo general, por lo que la SCJN debe considerar esto en su determinación.

Las grandes empresas como Coca-Cola, compañía a la que están vinculadas las dos empresas quejosas y que se ha colocado a nivel mundial en diversos estudios como la principal empresa generadora de desechos plásticos, deben dejar de bloquear las legislaciones ambientales que intentan avanzar en la protección ambiental, y en su lugar, transitar a nuevas formas de distribuir sus productos que no dependan de plásticos desechables, es decir, deben avanzar hacia la reutilización, el refil y, sobre todo, hacerse responsables de sus productos plásticos durante todo su ciclo de vida.

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