Modelado de derrame de pozo Argerich, Página 121 Anexo VII D del Estudio de Impacto Ambiental. Disponible en: https://www.argentina.gob.ar/ambiente/cambio-climatico/equinor-can-100-pozo-argerich#1

El día de la fecha, organizaciones socioambientales solicitan ante la Justicia Federal una medida cautelar por las falencias que presenta el Estudio de Impacto Ambiental de la perforación que la compañía noruega Equinor tiene autorizada para comenzar en los próximos meses en el pozo Argerich 1 del bloque CAN-100, frente a la costa de Buenos Aires. Esta acción es una nueva cautelar que se realizó en paralelo a la acción existente sobre CAN-100 presentada en enero de 2022, que se encuentra pendiente de resolución por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. 

La acción legal fue presentada por la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, junto a Greenpeace Argentina, Ecos de Mar, Surfrider Argentina, Fundación Patagonia Natural, Kula Earth, Asociación de Surf Argentina, Organización Mar,  Asociación de Surf Necochea Quequén y la Asociación de General Alvarado de Surf (Miramar).

Esta acción se presenta en simultáneo  a la movilización recurrente #Atlanticazo, convocada por diversas organizaciones y la ciudadanía el día 4 de cada mes. Desde las organizaciones argumentan que existe una falta de conocimiento sobre la biodiversidad que habita en el fondo marino a perforar y, por ende, incertidumbre sobre los efectos hacia dicha fauna y flora.

Equinor está yendo a perforar a ciegas un fondo marino que desconocemos casi completamente”, agregaron desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas. 

La empresa ha omitido o subestimado diferentes impactos de esta actividad, afectando no solo la biodiversidad sino también la relación con los países vecinos, como Uruguay y Brasil, que podrían verse impactados por posibles derrames, de acuerdo a modelados que fueron realizados tomando parámetros meteorológicos promedio y no los peores escenarios en términos climatológicos. 

A su vez, la fecha prevista para la realización de la perforación fue modificada mediante una simple autorización donde no se tuvo en cuenta a las diferentes temporadas que corresponden a los ciclos reproductivos, las migraciones de especies y los períodos de alimentación de peces, reptiles y  mamíferos marinos que transitan la zona, entre ellos el Monumento Natural de la Nación, la ballena Franca Austral. 

Otra falencia detectada en el estudio es que no especifica cuáles serán los elementos químicos utilizados en la perforación y los parámetros que se utilizarán para determinar cuáles se arrojarán al agua, cuáles podrán ser tratados a bordo del buque y cuáles deberán retornar a tierra para remediación y tratamiento.

Las organizaciones también señalan una falta de implementación real y efectiva del Acuerdo de Escazú, tratado internacional de carácter constitucional ratificado en el Congreso y vigente por Ley 27.566. El mismo ampara el acceso a la información y la participación pública en la toma de decisiones vinculadas con el Patrimonio Natural de la Nación. 

La presión ejercida sobre la justicia en ocasiones previas resulta notoria. Los intereses corporativos han sido una constante en el ámbito judicial, generando un precedente preocupante y dejando en entredicho su imparcialidad en decisiones cruciales para el ambiente y la sociedad.

Desde las organizaciones firmantes, se insta a la justicia a que esté a la altura de la crisis social y ecológica que atraviesa el país y dé una respuesta pronta y certera sobre este tema